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Tipos de bases gráficas que se pueden inscribir en el registro de la propiedad

 

Existen dos tipos de bases gráficas que pueden acceder al Registro, la CATASTRAL que es la regla general y la ALTERNATIVA, que es la excepción en los casos admitidos por la ley.
En la CATASTRAL se inscribe directamente la delimitación de la parcela que consta en el Catastro, mientras que la alternativa exige la intervención de un técnico competente y solo procede si el propietario no se conforme con la delimitación catastral y quiere mejorar su precisión o en los casos de inscripción gráfica obligatoria que se explican en otro punto.