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¿Qué plazo tiene el registro de la propiedad para inscribir un documento?
Como regla general el plazo para despachar cualquier documento presentado en el Registro de la Propiedad es de quince días hábiles a contar desde su presentación, si al tiempo de dicha presentación se acredita el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos incluida la previa liquidación y pago de los impuestos devengados, o desde estas últimas acreditaciones, si las mismas se producen en un momento posterior.
Existen algunos plazos de despacho especiales como en materia de legalización de libros de actas de Comunidades de Propietarios, fijado en cinco días hábiles si no hay incidencia alguna, o para la expedición de certificaciones, fijado en cuatro días hábiles por finca, en la misma circunstancia de falta de incidencias.