El 26 de julio de 2021 fueron publicadas sendas Órdenes por las que que aprobaban los nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil. El Colegio de Registradores, con el objeto de que se pudieran depositar las cuentas en plazo, y, al propio tiempo, fueran incorporadas las nuevas exigencias legales en tan breve periodo de tiempo, permitió que, aquellas sociedades que les resultara de difícil o imposible ejecución, pudieran usar los modelos de presentación de cuentas anteriores si bien que, deberían subsanar en el plazo de cinco meses el defecto que les fuera advertido.
Con tal fin este Colegio ha preparado una Guía práctica de cómo subsanar las cuentas anuales del ejercicio 2020 por falta de la Hoja “Declaración COVID 19” y/o algunas otras cuestiones referidas fundamentalmente a los auditores.
Guia practica