Directorio
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Registros de la Propiedad en la provincia de Murcia
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Registro de la Propiedad de Águilas
Miguel de Cervantes, 1 - A, bajo -
Registro de la Propiedad de Alcantarilla
C/ Camino de la Piedra 3, Edif. Zurbarán -
Registro de la Propiedad de Alhama de Murcia
Plaza de la Constitución, 8 - bloque G - bajo -
Registro de la Propiedad de Archena
Camilo José Cela, 16 - bajo -
Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz
Plaza de los Obispos, s/n - bajo -
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 01
Mayor, 36 - 1ª -
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 02
Mayor, 36 - 3ª -
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 03
Mayor, 36 - 2º -
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 04
Mayor, 36 - planta 4ª -
Registro de la Propiedad de Cieza Nº 01
Camino de Murcia, 114-bajo -
Registro de la Propiedad de Cieza Nº 02
Constitución 10 -
Registro de la Propiedad de Cieza Nº 03
Camino de Alicante, 25 -
Registro de la Propiedad de Jumilla
Cartagena, 3 -
Registro de la Propiedad de Lorca Nº 01
Alameda de Cervantes, 44 - 1ª planta -
Registro de la Propiedad de Lorca Nº 02
Alameda de Cervantes, 44 - 1ª planta -
Registro de la Propiedad de Lorca Nº 03
Alameda de Cervantes, 44 - 1ª planta -
Registro de la Propiedad de Mazarrón
Hortaleza, Edif. Bulevard - bajo -
Registro de la Propiedad de Molina de Segura Nº 01
C/ Eduardo Linares, 21 - bajo -
Registro de la Propiedad de Molina de Segura Nº 02
C/ Eduardo Linares, bloque 2 - esc. 1 - bajo puerta 2 -
Registro de la Propiedad de Mula
C/ Diario de la Verdad, 1 - bajo -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 01
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9-2º -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 02
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9 - 2º drcha. -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 03
Avda. Teniente General Gutiérrez Mellado, 9 - 3º drcha. -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 04
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9 - 3º -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 05
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9 (Murcia nº 05) -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 06
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9 -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 07
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9-2º -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 08
Av.Tte.Gral.Gutiérrez Mellado, 9-2º -
Registro de la Propiedad de Murcia Nº 09
Avda. Teniente General Gutiérrez Mellado, 9 - 1ª planta - puerta 4 -
Registro de la Propiedad de San Javier Nº 01
Avda. de la Unión, 46 - 1ª pl. -
Registro de la Propiedad de San Javier Nº 02
Avenida de la Unión, 46 - planta baja -
Registro de la Propiedad de Torre Pacheco
Avda. de la Estación, 32 - 1º H -
Registro de la Propiedad de Totana
Virgen del Pilar, 12 - bajo esq. C/Santomera -
Registro de la Propiedad de La Unión Nº 01
Mayor, 43 - bajo -
Registro de la Propiedad de La Unión Nº 02
Mayor, 43 - bajo -
Registro de la Propiedad de Yecla
San Pascual, 54 - entresuelo
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Preguntas frecuentes
Solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad puede hacerse desde esta plataforma al coste oficial de 9,02 € más IVA y disponer de ella en un plazo medio inferior a dos horas.
Existen dos instrumentos de publicidad: la nota simple y la certificación. Las peticiones de publicidad pueden realizarse bien personándose en el Registro de la propiedad bien a través de la página web del Colegio de Registradores www.registradores.org
Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las posibles cargas. La primera tiene valor meramente informativo. La certificación es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro y, al tratarse de documento público, va firmada por el Registrador.
La cancelación es la operación jurídica necesaria para hacer desaparecer una hipoteca de la finca de nuestra propiedad, una vez extinguida la obligación que se garantizaba con ella, lo que puede deberse bien al pago completo del préstamo, bien a la adjudicación de la finca en subasta. Esto es así porque la extinción de la deuda no produce por sí sola la desaparición de la carga en el Registro.
Para practicarla, es necesario presentar en el registro la escritura de cancelación y la documentación que acredite la presentación a liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su caso.
La cancelación de la hipoteca no es obligatoria. El propietario de la finca que ha pagado la deuda puede elegir solicitar la cancelación en el Registro o dejar la finca como está.
No siendo obligatoria, sin embargo es conveniente.
Primero porque deja la propiedad libre de esa carga, posibilitando contratar una nueva hipoteca si así se desea.
Segundo, porque el valor de una finca libre de cargas, a efectos de la solvencia patrimonial de un propietario, es mayor que el de una finca hipotecada, lo cual facilita cualquier tipo de operación financiera que quisiera realizarse.
Y por último, si se desea vender el inmueble, el comprador exigirá que se encuentre libre de la hipoteca y de otras cargas que puedan perjudicar o disminuir su valor o su derecho.
La cancelación de hipoteca conlleva el pago de los aranceles notariales por la escritura pública (que es preceptiva, y en la que debe comparecer no el deudor sino la entidad acreedora) y los aranceles registrales por su inscripción. Si interviene algún gestor en la tramitación, sus honorarios profesionales aumentarán el coste de la operación.