Directorio
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Registros de la Propiedad en la provincia de Cadiz
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Registro de la Propiedad de Algeciras Nº 01
Salvador Cabrera, s/n Edif. Registro -
Registro de la Propiedad de Algeciras Nº 02
Plaza Ntra. Sra. de la Palma, 16 - 1º -
Registro de la Propiedad de Algeciras Nº 03
C/ Salvador Cabrera, s/n, edificio Registro -
Registro de la Propiedad de Arcos de la Frontera
Pedro Almodóvar, 4 -
Registro de la Propiedad de Barbate
Avda. Juan Carlos I, 6 -
Registro de la Propiedad de Cádiz Nº 01
Paseo Marítimo, 3 -
Registro de la Propiedad de Cádiz Nº 03
Paseo Marítimo, 3 -
Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera Nº 01
Av.Descubrimientos-Las Redes 49-I -
Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera Nº 02
Av.Descubrimientos-Las Redes 49-I -
Registro de la Propiedad de Chipiona
Avda. de La Laguna, 37 - local A - Edif. Las Palmeras -
Registro de la Propiedad de Conil de la Frontera
Linea de la Concepción, s/n, bajo -
Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera Nº 01
Santa María, 5 - 7 , 1ª planta -
Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera Nº 02
Santa María, 9 - 2º -
Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera Nº 03
Santa María, 5 y 7 - 3ª planta -
Registro de la Propiedad de La Línea de la Concepción
C/ San Cayetano, 8 -
Registro de la Propiedad de Medina Sidonia
Extremadura, 7 - local 9 -
Registro de la Propiedad de Olvera
Avda. Manuel de Falla, 12 -
Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María Nº 01
Octavio Paz, 1 -
Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María Nº 02
San Bartolomé, 60 -
Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María Nº 04
Octavio Paz, 3 -
Registro de la Propiedad de Rota
Avda. Valdecarretas, 6 -
Registro de la Propiedad de San Fernando Nº 01
General de la Herrán, 37 - planta baja -
Registro de la Propiedad de San Fernando Nº 02
Escultor Francisco Montes Aguilera, 2-bajo -
Registro de la Propiedad de San Roque
Velázquez, Edif. Alameda - portal 1 - 1º -
Registro de la Propiedad de Sanlúcar de Barrameda
Avda. de la Libertad, 16 -
Registro de la Propiedad de Ubrique
Avenida de los Callejones, 36
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Preguntas frecuentes
Solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad puede hacerse desde esta plataforma al coste oficial de 9,02 € más IVA y disponer de ella en un plazo medio inferior a dos horas.
Existen dos instrumentos de publicidad: la nota simple y la certificación. Las peticiones de publicidad pueden realizarse bien personándose en el Registro de la propiedad bien a través de la página web del Colegio de Registradores www.registradores.org
Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las posibles cargas. La primera tiene valor meramente informativo. La certificación es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro y, al tratarse de documento público, va firmada por el Registrador.
La cancelación es la operación jurídica necesaria para hacer desaparecer una hipoteca de la finca de nuestra propiedad, una vez extinguida la obligación que se garantizaba con ella, lo que puede deberse bien al pago completo del préstamo, bien a la adjudicación de la finca en subasta. Esto es así porque la extinción de la deuda no produce por sí sola la desaparición de la carga en el Registro.
Para practicarla, es necesario presentar en el registro la escritura de cancelación y la documentación que acredite la presentación a liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en su caso.
La cancelación de la hipoteca no es obligatoria. El propietario de la finca que ha pagado la deuda puede elegir solicitar la cancelación en el Registro o dejar la finca como está.
No siendo obligatoria, sin embargo es conveniente.
Primero porque deja la propiedad libre de esa carga, posibilitando contratar una nueva hipoteca si así se desea.
Segundo, porque el valor de una finca libre de cargas, a efectos de la solvencia patrimonial de un propietario, es mayor que el de una finca hipotecada, lo cual facilita cualquier tipo de operación financiera que quisiera realizarse.
Y por último, si se desea vender el inmueble, el comprador exigirá que se encuentre libre de la hipoteca y de otras cargas que puedan perjudicar o disminuir su valor o su derecho.
La cancelación de hipoteca conlleva el pago de los aranceles notariales por la escritura pública (que es preceptiva, y en la que debe comparecer no el deudor sino la entidad acreedora) y los aranceles registrales por su inscripción. Si interviene algún gestor en la tramitación, sus honorarios profesionales aumentarán el coste de la operación.